1. Garantizar el espacio limpio y libre de residuos en las obras de estabilidad intervenidas. 2. Realizar el acopio y recolección de los residuos generados por las actividades de limpieza y mantenimiento de las áreas con tratamiento geotécnico (ATG). 3. Reportar cualquier daño o anomalía encontrada en las obras de estabilidad. 4. Educar a la comunidad en el cuidado y monitoreo de las laderas. 5. Hacer el mantenimiento, la limpieza y la rocería de las obras de estabilidad y laderas de la ciudad. 6. Vigilar que las obras de estabilidad se encuentren en buen estado (canales, zanjas colectoras, gaviones, muros de contención, entre otras). 7. Revisión del estado de las obras de estabilidad 8. Detección de basuras, posibles fallas técnicas, asentamientos humanos, actividades de sobrepastoreo e invasión por cultivos limpios. 9. Ejecutar el censo en las zonas indicadas. 10. Desplazarse al sitio de trabajo asignado por su superior inmediato. 11. Presentarse diariamente en el horario y lugar de trabajo programados. 12. Alistar e inspeccionar las herramientas y equipos a utilizar durante la jornada de trabajo. 13. Realizar inspección pre operacional eliminando elementos y condiciones que puedan generar riesgo al momento de realizar la labor. 14. Ubicar los conos de seguridad en el área de trabajo. 15. Cumplir con las buenas prácticas de ejecutar la labor de acuerdo a lo establecido en el manual de criterios técnicos. 16. Utilizar los elementos de protección personal asignados para esta labor. 17. Utilizar la dotación entregada por la empresa. 18. Detectar condiciones y prácticas inseguras en los sitios de trabajo o en el medio ambiente e informar inmediatamente al supervisor, jefe inmediato, inspector SISO o inspector ambiental. 19. Reportar a sus superiores situaciones irregulares que afecten la correcta ejecución de las tareas. 20. Reportar al jefe inmediato toda actividad o comportamiento inseguro y trabajar en una solución segura de la misma. 21. Revisar de manera diaria el estado de las herramientas y equipos requeridos para la labor. 22. Demás funciones que sean asignadas por su jefe directo.