Nombre del cargo: Líder de Comercio Exterior Bilingüe Descripción: Nivel Académico: Profesional en comercio Exterior con mínimo 2 años de experiencia ejecutando funciones relacionadas al cargo. Salario: $3´000.000 más prestaciones Horario: Lunes a viernes de 8:00 AM a 6:00 PM, con 1 hora de almuerzo y sábados de 8:00 AM a 12:00 PM cuando su empleador lo disponga cumpliendo con los horarios legales. Tipo de contrato: A término indefinido, incluido acuerdo de confidencialidad Puesto al que reporta: Jefe de Comercio Exterior y Gerencia Adicionales: Disponibilidad para viajar Conocimientos requeridos: 1. Manejo y conocimiento de los Incoterms 2. Manejo y conocimiento de Aranceles 3. Manejo y conocimiento de documentación internacional: - Facturas - Listas de empaque - Documentos de transporte (GUIAS/BL) - Certificados de origen - Fichas técnicas - Certificados INVIMA, ICA, etc. - Conocimiento y claridad entre un Courier, un despacho oficial y envío de muestras sin valor comercial - Manejo y conocimiento de procedimientos cambiarios, formularios y procesos ante el Banco de la República - Manejo de Word, Excel, Outlook (con un nivel de Excel medio alto) - Haber tenido experiencia ejecutando información dentro de algún software o sistema de los procesos que haya tenido a cargo - Nivel de Inglés medio alto Habilidades y competencias indispensables: 1. Gran capacidad y cuidado para analizar y comprender los documentos a cargo 2. Mucha atención al detalle 3. Excelentes habilidades de presentación personal 4. Tener iniciativa 5. Expresarse claramente en forma verbal y escrita 6. Capacidad de relacionamiento con los clientes y colaboradores 7. Realizar cálculos numéricos con rapidez y precisión 8. Gran capacidad de negociación con proveedores involucrados en procesos 9. Apego a normas y procedimientos 10. Capacidad de aprendizaje 11. Capacidad de planeación y organización 12. Responsabilidad y compromiso 13. Resolución de problemas 14. Comunicación efectiva 15. Orientación tecnológica 16. Coherencia en el cumplimiento de los acuerdos establecidos #J-18808-Ljbffr